Normas de uso de materiales curriculares (Curso 2016-2017)

Decreto 30/2017, de 11 de abril, que regula la concesión directa de subvenciones consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha. (D.O.C.M. del 19 de abril de 2017), todo beneficiario de la ayuda de libros de texto queda obligado a:

  1. Cooperar con la Administración en cuantas actividades de comprobación y control que se lleven a cabo para asegurar el uso adecuado de los libros.
  2. Usar correctamente los libros de texto prestados y reintegrarlos en buen estado al centro docente una vez finalizado el curso escolar (se le recomienda forrar los libros e identificarlos correctamente con la pegatina que el Centro le ha proporcionado).
  3. Reponer el material deteriorado o extraviado cuando se produzca el deterioro o pérdida de los libros de texto por causas imputables al alumnado in perjuicio de la potestad del Centro para, en aplicación del artículo 218 de las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro, reclamar la responsabilidad y reparación de los daños. A este respecto, debe comunicar en Secretaría cualquier incidencia que se produzca relacionada con los libros objeto de la ayuda, como extravíos, deterioros, hurtos, etc. (puede decargar el modelo de comunicación en los archivos adjuntos).
  4. Devolver los libros de texto prestados cuando, además de incumplir las obligaciones enumeradas en los apartados anteriores, presenten absentismo escolar durante el curso. A estos efectos se considera absentismo escolar la falta de asistencia regular y continuada a clase del alumnado en edad de escolaridad obligatoria, sin motivo que lo justifique.
  5. Cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y con las concreciones y particularidades establecidas en decreto referido anteriormentemente. A este respecto, las ayudas concedidas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad siempre que su importe, aisladamente considerado o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste de la actividad subvencionada. En estos casos deben comunicar a órgano concedente o entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos (puede decargar el modelo de comunicación en los archivos adjuntos).

La Comisión Gestora del Centro, previo informe del Consejo Escolar, podrá determinar la pérdida del derecho a participar en la siguiente convocatoria si por causas imputables al alumnado se provoca un deterioro o pérdida de los libros prestados que imposibilitan su uso en siguientes convocatorias o los libros susceptibles de reutilización no son entregados al centro una vez finalizado el curso escolar.

Para cualquier duda o aclaración pueden ponerse en contacto con la Secretaría del Centro.

Última modificación: 04/07/2017 - 18:40